Contrato Social CineSud

Jue, 2007-08-09 23:09

Para poder exhibir películas del catálogo CINESUD se debe llegar a un acuerdo entre las partes basado en la confianza y la responsabilidad. Nosotros lo llamamos “Contrato Social”.

A que se comprometen las partes?

CINESUD Distribuidora

1.
Los films del catálogo son seleccionados por cineclubs o federaciones de cineclubs de todo el mundo. Se asegura así su valor cinéfilo como material interesante de ser visto y debatido entre los cineclubs
2.
En este catálogo se puede encontrar desde cortometrajes de ficción documental o animación, videoclips, documentales y ficción. De corto o largometraje. En versiones originales y versiones originales subtituladas a otros idiomas.
3.
El catálogo es consultable en www.mundokino.net en el apartado CINESUD. Aquí se puede capturar toda la información necesaria para la confección del material de publicidad de la sesión CINESUD
4.
Los films son en formato DVD.
5.
CINESUD pacta con los autores, y bajo la licencia Creative Commons, los derechos de exhibición NO COMERCIAL que rigen esta licencia y bajo los supuestos que esta indica.
6.
CINESUD facilitará la copia del DVD. Los costes de envio seran a cargo del exhibidor.
7.
CINESUD es un proyecto sin ánimo de lucro.
8.
CINESUD quiere retribuir economicamente a los autores de una forma justa y no comercial.
9.
CINESUD por lo tanto podrá recibir del exhibidor una donación por la sesión realizada y que será pactada en cada caso, dependiendo del país, de la situación del cineclub o exhibidor y siempre bajo el supósito de que ésta sea una sesión NO COMERCIAL.

EXHIBIDOR. Cineclub

1.
El cineclub que esté interesado en presentar alguna de las películas del catálogo de la red CineSud contactará al cineclub o federación más cercana a su país/ciudad y que participa en el proyecto CINESUD.
2.
En la exhibición pública de las películas se deberán conservar los créditos del autor (tal como lo establece la licencia de Creative Commons).
3.
Se debe mencionar a la distribuidora alternativa CineSud en todos los créditos publicitarios: carteles, folletos, trípticos, etc.
4.
Se debe informar a CINESUD de todas las proyecciones que se realizan, dando información sobre fechas, nº de espectadores, características de la proyección y cualquier otro dato como fotografías de la sesión,...
5.
No se puede fragmentar la obra proyectando secuencias, planos y se debe respetar la integridad de la obra.

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